La mediación y el arbitraje son medios alternativos de solución de conflictos que, correctamente implementados, pueden brindar con prontitud las respuestas que la Justicia da sólo tras una gran inversión de tiempo y recursos materiales.
Una reciente demostración de estas virtudes ha sido la solución del caso sometido a arbitraje ante la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, un servicio inaugurado a fin del año pasado. El conflicto entre un vecino y una mutual se dirimió en un mes, evitando un juicio civil de varios años de duración.
El arbitraje requiere del acuerdo de las partes. A diferencia de este sistema, la mediación es una instancia que puede evitar la decisión de un árbitro o de la Justicia. En la Capital Federal, y para los asuntos patrimoniales, la mediación es una instancia obligatoria y previa al juicio, lo cual ha permitido reducir sustantivamente el número de demandas.
Estos mecanismos no buscan, ni pueden, sustituir a la Justicia, la cual debe mejorar su funcionamiento. Pero tanto la mediación como el arbitraje son especialmente aptos para enfrentar conflictos patrimoniales de diferente índole y, en general, asuntos vinculados a la vecindad, al uso del espacio y los servicios públicos y a la defensa de los consumidores.
Pero desgraciadamente, el Perú, no muestra el deseo de resolver los conflictos interiormente, dejando de lado al pueblo y su deseo de un cambio social y político.
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